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En Latinoamérica, en las últimas cuatro décadas, se han producido cambios jurídicos que nos han propuesto pensar algunos conceptos claves en relación con los cuidados, entendidos como necesidades básicas para la sostenibilidad de la vida humana, y como un derecho humano universal de todas las personas. Además de referentes jurisprudenciales en sentencias constitucionales que han marcado un hito importante, como es el caso de México (Amparo Directo 6/2023) y Ecuador (Acción de Protección 3-19 JP/20), relacionando los cuidados con la interdependencia humana para el logro de la autonomía personal, desafiando la tradicional concepción liberal, entendida como independencia humana del sujeto liberal.
En el análisis crítico al sujeto histórico de justicia del liberalismo clásico, como parte de la deuda teórica con los derechos de las mujeres, concretamente, con las relaciones de los cuidados en la preservación de los vínculos entre los seres humanos, y de la confianza que sostiene a las personas con el mundo social, es importante profundizar desde la perspectiva filosófica, en un análisis ontológico, analizar la relación que existe entre la independencia e interdependencia humana en el logro de la autonomía personal como máxima proclama de libertad contemporánea.
Para empezar, es fundamental reconocer que el sujeto de derechos neoliberal, ha sido concebido masculino, conformado como un ser alejado de los cuidados en su concepción más humanista, entendido como independiente en términos competitivos, desprovisto de afectos y relaciones e interrelaciones con otras personas.
El sujeto liberal tradicional, como ser humano independiente, es entendido como autosuficiente de los cuidados de las otras personas; algo que no es real por la vocación natural del ser humano como ser social y político por naturaleza en términos aristotélicos, en el zoon politikon. Sin duda, la vida está ligada a la interdependencia con otras personas y con toda la sociedad, incluido el Estado, como condición humana en una autonomía relacional inevitable en un mundo tramado por relaciones a lo largo de toda la vida, desde lo familiar y lo privado hasta lo público, tornándose fundamental desmontar el ideario de este sujeto de ficción e irreal de la modernidad para recuperar la humanidad de los cuidados.
Esto se ha producido porque, desde una perspectiva más ortodoxa y tradicional, el neoliberalismo, como paradigma contemporáneo de occidente, es el productor no sólo de estructuras económicas, sino de subjetividades —superestructuras— reproducidas en mandatos sociales de clase social y de género, que han conformado a las personas en sus formas de ser, deber ser, pensar y actuar en la sociedad, en la interacción con otras personas y consigo mismas. Este orden económico y cultural trajo consigo la ontología individualista de los cuidados asociado al mandato de no intervención y neutralidad del Estado, ante las injusticias y asimetrías entre mujeres y hombres en el reparto de las tareas de los cuidados. Esto, con el objetivo de preservar la libertad, la independencia y la autosuficiencia del sujeto liberal de referencia, garantizándole la libertad, comprendida como la ausencia de obstáculos, barreras o restricciones que impiden que actúe como sujeto pleno de derechos. En términos kantianos, la dicotomía entre personas independientes y dependientes implica no estar supeditado a la voluntad de otras personas, posicionada ante la supuesta autosuficiencia del sujeto masculino patriarcal.
No obstante, más allá del ideario del sujeto liberal masculino, que en realidad depende del vínculo material y afectivo para sostenerse como ciudadanos plenos proporcionado por las mujeres en el ámbito familiar y doméstico, la libertad masculina ha sido sostenida por las mujeres mediante las tareas de los cuidados; es decir, una supuesta libertad —con expresiones de privilegio— que niega su origen en los vínculos humanos y sociales, sin los cuales no tendrían el mismo grado de disposición y participación en la esfera pública de la política, la economía, el mercado, etcétera.
De la misma forma, la ficción de este sujeto liberal masculino tiene expresión en el homo economicus, relacionado con la competencia, la productividad, el consumismo, el éxito, la desregulación de las finanzas, el libre comercio, de la centralidad de los mercados, la autosuficiencia como resultado del aislamiento de los vínculos familiares, y el desfinanciamiento de los servicios y de los programas sociales estatales referidos a la salud, la educación y la cultura.
Esta pseudoindependencia, como parte del ideario de la libertad, ha sido concebida en términos de dominación, que busca dominar el propio cuerpo, los recursos y al tiempo mediante una vida competitiva y utilitaria. Un individuo que no necesita cuidar, ser cuidado, ni cuidarse a sí mismo, porque eso significaría estar asociado con valores ajenos a su mandato ontológico de género de la superestructura, y a su antinomia existencial: las mujeres, o todo aquello que se le parezca.
En ese sentido, es necesario pasar de la idea de la supuesta independencia —que ha desnaturalizado al ser humano de su razón ontológica real—, a la interdependencia humana, presente durante todo el ciclo de vida de las personas —en algunas situaciones, con más intensidad que otras— de manera directa o indirecta, especializada, más constante y frecuente, y que las encontramos en los ámbitos más cercanos de la convivencia y los vínculos de la reproducción social, comunitaria y familiar. Estas necesidades existen no sólo para los considerados dependientes, sino también en los independientes, porque son parte del ciclo de la vida de las personas por el hecho de ser seres humanos; algo que, al mismo tiempo, los convierte en potenciales agentes de cuidado, no sólo de recibir cuidados, sino de dar cuidados y de autocuidado —o cuidado propio— como potenciales sujetos cuidadores y del cuidado, por el hecho de ser personas en nuestra naturaleza social.
Con la definición universal de los cuidados, pasamos de reivindicar la independencia a la interdependencia humana de nuestro ser, en relación con otras personas, la sociedad y el propio Estado, al ser el principal garante de nuestros derechos para alcanzar la autonomía. La autonomía, en términos kantianos, entendida como la voluntad de autodeterminación personal, fundamentada en la dignidad de la naturaleza humana —y de toda naturaleza racional de las personas como principio supremo de la moralidad—, está fundamentada desde la individualidad con la comunidad, de la que todos somos partes, y donde, precisamente, está el sentido de los cuidados que nos sostienen a todos y entre todos; incluso en relación con la naturaleza como fuente y ambiente de los cuidados. Es decir, la necesidad de autonomía nos lleva de reconocernos desde la independencia a la interdependencia con otras personas y en sociedad, sin desconocer el propio grado de individualidad.
En esa relación, la conexión entre independencia, interdependencia y autonomía, viene mediada por la solidaridad que nos posiciona un estado superior de autonomía relacional, para superar el individualismo liberal que nos ha concebido desnaturalizados de nuestra vocación social y política, y de las dicotomías entre público/privado, sujeto/objeto, dependiente/independiente, normal/anormal, etcétera. Esto significa asumir que no existe una autonomía individualista que se pierde y/o se recupera, sino una autonomía que toma forma(s) en el trascurso del tiempo —y en los diferentes contextos—, a través de las interacciones con los demás, donde la interdependencia, como constitutiva del ser humano, no significa rechazar la idea de la autonomía en sí misma, sino considerar que, sin los demás, nunca podremos llegar a ser autónomos, porque nunca podremos llegar a individuarnos a nosotros mismos.
Por tanto, somos seres humanos autónomos interdependientes, con nuestra propia individualidad, mediante la reconocida independencia vivida en una dimensión social. La independencia en las dimensiones relaciones y colectivas pasa por el reconocimiento de la dependencia como condición humana, sin olvidar la interdependencia con connotación de autonomía; es decir, en la interdependencia se funda la autonomía relacional, que se produce por las redes vinculares, afectivas y materiales que sostienen la vida y la hacen posible.
Se trata de una autonomía en interdependencia, donde los sujetos, como interdependientes, somos dependientes del vínculo social que no coarte libertades ni decisiones acerca de cómo vivir la propia vida en el libre desarrollo de la personalidad. Sino que se erige sobre las máximas de igualdad, no discriminación, derecho a una vida de toda libre de toda violencia.
Sin duda, los cambios jurídicos de las ultimas décadas, además de las reformas necesarias para actualizar la normativa de los derechos humanos, nos han propuesto conceptos para repensar el derecho, aproximándonos a nuestra realidad vital más olvidada como personas: los cuidados.
En definitiva, somos seres humanos interdependientes de otros seres humanos; en el camino de alcanzar nuestra autonomía personal, propia en un contexto real de permanente interacción con nuestras necesidades. Algo que nos aclara conceptos para entender —y comprender— el transcurso de los distintos ciclos de vida, desde el nacimiento hasta la muerte de todos los seres humanos.
Hechos y Derechos, vol. 16, núm. 87, mayo-junio de 2025, es una publicación bimestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, por medio del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, Ciudad de México, Tel. (52) 55 56 22 74 74, http://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/hechos-y-derechos. Editor responsable Imer Benjamín Flores Mendoza. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2014-052217121400-203, otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ISSN (versión electrónica): 2448-4725. Responsable de la última actualización de este número: Coordinación de Revistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Ricardo Hernández Montes de Oca, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C. P. 04510, Ciudad de México, fecha de la última modificación: junio de 2025.
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