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Ante la problemática que vivimos muchos jóvenes en México derivado de jornadas superiores a las de la ley, falta de oportunidades de crecimiento, sueldos bajos o menores de ley, contratación informal y/o precaria de trabajo, entre otras; después de tomar el curso de la Escuela de Verano sobre Movilidad Social, impartido por Centro de Estudios Espinosa Yglesias, podemos comprender que, si bien la definición de movilidad social cuenta con problemas de ambigüedad lingüística, en cuanto a proceso y producto al no tener una definición única.
Para poder entender qué es la movilidad social, tomamos la definición básica vista en el curso, que señala que la movilidad social es el “cambio de situación socioeconómica de las personas” de nuestra familiar directa. Lamentablemente en México, es muy complicado o, inclusive, casi imposible, pensar en una movilidad social para la clase baja. De acuerdo con datos por la OCDE, “una persona de familia pobre le llevarían 4.5 generaciones tener un nivel medio de ingresos, estando México dentro de este grupo de países”.[1] Tristemente en México, no contamos con igualdad de oportunidades para todos, no contamos con la infraestructura pública mínima para el desarrollo básico de cualquier persona y se permite la nueva “esclavitud moderna”.
La movilidad social se crea cuando existe la posibilidad de ascender o disminuir en la estructura social con en el paso del tiempo para cualquier persona con méritos propios, relacionado con acceso a educación, capacitación, empleo, salud y demás oportunidades para mejorar la calidad de vida.
Existen distintos tipos de movilidad social:
1. Horizontal: la persona cambia de profesión, pero continua en la misma estructura social.
2. Intergeneracional: la persona cambia de estructura social en comparación a la de sus padres.
Los elementos de la movilidad social estarán ligados con educación, ocupación, ingreso económico, capacitación profesional y personal, acceso a salud, vivienda, transporte y distintas oportunidades para mejorar la calidad de vida. En México, para muchos trabajadores no existe la libertad para crecer profesionalmente, capacitarse o desarrollarse personalmente, sino sólo para sobrevivir día con día. Este problema no es únicamente para una generación, sino que existe una “esclavitud moderna” para cuatro o más generaciones. No se cumple el objetivo del “derecho del trabajo subordinado”, por el cual las personas puedan dar un cambio a su situación socioeconómica, creando una real movilidad social. Me refiero a “esclavitud moderna” como una situación donde las personas son aparentemente libres de elegir una profesión, un trabajo, organizar tus tiempos, viajar y/o un crecimiento personal.
Actualmente en México, el trabajo subordinado no tiene una compensación económicamente suficiente para atender los derechos humanos básicos con la finalidad de cumplir con una movilidad social. Para poder llevarla a cabo a cualquier país, necesitamos de tres elementos: gobierno, familia y comunidad. Por esta razón, no sólo es cosa de exigir al gobierno mejores oportunidades, sino cumplir con los deberes y obligaciones como ciudadano para poder exigir así los derechos y obligaciones que debe cumplir cualquier Estado.
El sindicato, en México y en otros países, no es bien visto por muchas personas, por el propio gobierno, por los patrones, inclusive por los mismos trabajadores, ya que históricamente se ha utilizado para otros fines; no existe educación sindical y una de las razones más importantes es que no se conoce su importancia y fin en un país. Es una herramienta para respetar, proteger y aumentar la dignidad, necesaria para que pueda existir una movilidad social en cualquier país. Así como la movilidad social, el sindicato también cuenta con problemas complejos y no sólo se trata de resolver un problema, sino varios. Es por esta razón que su conocimiento y fomento debe llegar a cualquier persona para cumplir con los principios de democracia y libertad sindical.
La ignorancia de los derechos laborales y del derecho colectivo son claves para entender que ninguna persona puede exigir algo que no conoce. La democracia no sólo es clave en la política, sino también en el derecho colectivo; la democracia es un principio eje del funcionamiento de cualquier sindicato, mismo que no se aplica de la misma forma en un estado o, inclusive, en un país.
Existen impedimentos legales en México por los cuales no dejan crear, desarrollar y realizar un debido funcionamiento. Los sindicatos tienen como objetivo primario proteger los intereses de los trabajadores. La nueva reforma en materia sindical de 2019 no llegó de parte de los trabajadores o ciudadanos, sino existió presión por parte de Estados Unidos de América y de Canadá. Su objetivo fue buscar mayor transparencia e igualdad de oportunidades y costos laborales entre los tres países; sin embargo, no basta con dicha reforma para poder cumplir con los requisitos mínimos de democracia sindical.
El sindicato no es sólo buscar proteger al trabajador, sino también a los patrones, porque no debe buscar sólo el interés de uno o de otro sino debe buscar el mejor desarrollo de los dos, porque si gana uno gana el otro. Ejemplos como comisiones en un sindicato claves para la movilidad social podrían ser: Comisión de Utilidades y Antigüedad, Comisión de Equidad, Comisión de Igualdad de Oportunidades, Comisión de Adiestramiento y Capacitación. Dichos órganos pueden combatir las jornadas superiores a las de la ley, falta de oportunidades de crecimiento, sueldos fijos, bajos o menores de ley, contratación informal y/o precaria de trabajo.
[1] Martínez, A. (2022, diciembre 16). En México se necesitan hasta 4 generaciones para salir de la pobreza: OCDE. Grupo Milenio. https://www.milenio.com/politica/comunidad/mexico-estudio-senala-situacion-de-pobreza-generacional Ascendente y descendente: cada persona puede mejorar o empeorar su estructura social mediante sus propios méritos.
Hechos y Derechos, vol. 17, núm. 92, marzo-abril de 2026, es una publicación bimestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, por medio del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, Ciudad de México, Tel. (52) 55 56 22 74 74, https://blog-revistas.juridicas.unam.mx/hechos-y-derechos/. Editor responsable Imer Benjamín Flores Mendoza. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2014-052217121400-203, otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ISSN (versión electrónica): 2448-4725. Responsable de la última actualización de este número: Coordinación de Revistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Ricardo Hernández Montes de Oca, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C. P. 04510, Ciudad de México, fecha de la última modificación: marzo de 2026.
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