Conoce jurídicas
Investigación
Bibliotecas
Actividades
Estudia en jurídicas
Conoce jurídicas
Investigación
Bibliotecas
Actividades
Estudia en jurídicas

La vejez es un fenómeno no sólo de nuestro país, sino en toda la población mundial. Ya en algunos países desarrollados como España, Francia, Inglaterra o Alemania lo han experimentado y han tomado medidas que han resuelto parcialmente el problema, que afortunadamente se pueden practicar en el nuestro. Aunado a lo anterior, la figura jurídica de la hipoteca inversa se ha establecido como practica en los mismos países, con cierta funcionalidad y ha resuelto parte de la problemática económica, principalmente en los adultos mayores.
Nuestro objetivo es analizar este fenómeno en el contexto mexicano, adoptando una perspectiva jurídica basada en la Constitución Política (artículos 1o. y 4o.), y el Código Civil de la Ciudad de México. Buscamos evidenciar la falta de atención hacia un grupo humano que enfrenta múltiples problemáticas, especialmente en lo que respecta a sus derechos humanos y fundamentales. En este análisis, relacionamos la discriminación[1] que sufren los adultos mayores en una sociedad que, al centrarse en construir su integración a partir de rangos etarios o estratos específicos, suele relegar la importancia y el valor de este sector de la población. Dicha problemática se refiere principalmente a la falta de atención que tiene el Estado para resolver situaciones de salud, discriminación, violencia familiar y principalmente el apoyo para obtener una vivienda propia, menoscabando sus derechos elementales.
La vejez en México es un fenómeno que tiende a crecer año con año. Hoy el Instituto Nacional de Geografía y Estadística,[2] nos dice que suman el 14 % de la población total de adultos mayores; casi un tercio de las personas con múltiples problemáticas sociales, jurídicas y sobre todo económicas. Derivado de lo anterior, el Estado Mexicano tiene una deuda pendiente con este grupo etario, si vemos una mirada en lo que el maestro José Silvestre Méndez, maneja en una definición de desarrollo económico: “proceso mediante el cual los países pasan de un estado atrasado de su economía a un estado avanzado de la misma”.[3] De acuerdo con el autor, desde mediados del siglo pasado y lo que va del actual, México tiene un rezago económico muy fuerte, por lo que es evidente que se tienen dichos problemas por resolver.
En la actualidad se habla de que el Estado mexicano ha reducido la pobreza extrema, en particular, la llamada pobreza multidimensional.[4] Al considerar dicho término, se ponen de relieve las siguientes dimensiones: ingreso, rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, acceso a los servicios básicos en la vivienda, acceso a la alimentación y grado de cohesión social. Sobre la definición de pobreza extrema "[s]e refiere a un conjunto de procesos que permiten definir, identificar y medir la pobreza, con el fin de aportar evidencia para el diseño, seguimiento y evaluación integral de la política de desarrollo social y contribuir al cumplimiento de sus objetivos."[5]
Para tener una visión, citaremos algunas definiciones por el Manuel Atienza sobre el concepto de dignidad humana: “...en los Derechos del Estado constitucional la dignidad humana es considerada por el propio ordenamiento el fundamento de todos los derechos...”.[6] De acuerdo con el autor, este derecho no se practica, pues carece de toda validez para este grupo etario. Así, la dignidad humana va adherida al ser humano; en la actualidad, esta cualidad se reduce sustancialmente a la falta de atención y precisión de su práctica, y se puede demandar al Estado por la falta de garantías y su protección.
Otra consideración es proponer cambios paradigmáticos como los que establece el Augusto Sánchez Sandoval con sus paradojas del derecho. Una de ellas establece que “el derecho como instrumento del poder y productor de excluidos”.[7] De acuerdo con el autor, se trata de realizar los cuestionamientos de su falta de eficacia y eficiencia mediante la falta de práctica del derecho, e implementar poco a poco un cambio real en la praxis de las normas jurídicas, pues el ordenamiento esta conceptualizado, pero no se practica. La innovación tiene el problema de que, dentro de la misma, es decir, dentro de cada adulto mayor, se encuentran soluciones viables. En diversos estudios sobre la vejez, se habla que ha crecido la esperanza de vida en México, consecuencia que se debe de aprovechar y explotar.
Lo observable, es que los adultos mayores, aunque ya cumplieron un ciclo laboral y se han jubilado, siguen trabajando por que no les alcanza para cubrir sus necesidades de vida y sus comorbilidades que van apareciendo a través del tiempo. Una forma de solución de tal envergadura es la comunicación entre sus pares para su atención; es decir, una forma de servicio social. Otra solución posible es la hipoteca inversa, establecida en el Código Civil de la Ciudad de México, de los artículos 2939 bis al 2939 undecies, en los cuales establece un crédito para el adulto mayor y, así, resolver sus problemas económicos, siempre y cuando tenga una vivienda y que esté a su nombre e inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
Una solución sustentable para crear vivienda en cada uno de los Estados que conforman la República Mexicana es utilizar los medios naturales para realizar viviendas a bajo costo. Por ejemplo, ponemos en consideración el alga marina que llega a las costas del estado de Quintana Roo, y una forma de utilizarla fue crear tabiques y realizar casas.
Nuestro sistema social, económico y jurídico en México está colapsado. No existen iniciativas para contener la problemática de lo ya descrito. Existen innumerables textos internacionales, nacionales y locales que hablan de la defensa del adulto mayor; sin embargo, en las vías jurisdiccionales la defensa llega muy tardía para hacer justicia, pues el proceso es largo, tortuoso y además caro, donde los hacen que llegue dicha justicia, fue demasiado tarde. Las iniciativas son peligrosas en México, ya que hoy día se ha creado un clientelismo político, lo que ha llevado a convertir a este grupo etario en un rehén del Estado; me refiero al programa Bienestar de los adultos mayores, que sólo otorgan migajas económicas y no les permiten establecer su desarrollo e identidad social ni su defensa jurídica, únicamente lo mantienen.
Dentro del pensamiento crítico, del cual basamos esta participación, este grupo de la tercera edad debe de organizarse a través de la participación social y establecer grupos de autoayuda y, como siempre lo hacen, trabajar hasta el fin de sus días, haciéndolo no por obligación, sino porque el Estado no permite dichas organizaciones, pues les conviene tenerlos cautivos. Aunque la importancia de la familia todavía tiene un valor significativo, en México aún persisten tradiciones relacionadas con el cuidado de los adultos mayores, especialmente cuando enfrentan alguna discapacidad. Estas tradiciones se manifiestan en atenciones y cuidados; pero la realidad es que esta práctica está dejando de ocurrir. La situación actual revela un aumento en las injusticias hacia este sector, e incluye el despojo de los bienes que tanto esfuerzo les costó obtener, así como un crecimiento de la violencia intrafamiliar que los afecta directamente. A esto se suma la falta de inclusión social en una sociedad cada vez más dividida por sus propios estratos sociales.
Las formas contextuales están al borde del colapso, nuestro sistema jurídico no está funcionando en la creación de mecanismos jurídicos para la defensa de los derechos humanos y fundamentales de este grupo en particular. Se requiere de más comunicación entre los mismos y participación en todos los momentos sociales, económicos y jurídicos.
Por último, los adultos mayores no deben de ser rehenes sino libres de sus propias decisiones, ya sea en el ámbito laboral, social, familiar. Pero no es así; la problemática tiende a crecer. Este artículo tiene la finalidad de poner un poco de lo mucho que falta para la resolución de los conflictos de este grupo etario, denominado vulnerable. Como tal, se deben crear sistemas amplios de protección en cada uno de sus contextos, queda claro que al Estado se le está saliendo de las manos, en el sector privado quien pueda pagar por los servicios sobrevivirá al costo que sea, pero los que no tienen recursos necesarios. Nos acercamos a una hecatombe nacional, donde se tendrá que sacrificar al más débil.
Atienza, Manuel, Sobre la dignidad humana, Trotta.
Código Civil de la Ciudad de México.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Federal para prevenir y eliminar la discriminación
Méndez, José Silvestre, Problemas Económicos de México, México, Mc Graw Hill, s. f.
Sánchez Sandoval, Augusto, Epistemología y sociología jurídica del poder, México, Facultad de Estudios Profesionales Acatlán, s. f.
[1] Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
[2] https://www.inegi.org.mx/app/tabulados/interactivos/?pxq=Poblacion_Poblacion_05_da611615-0bef-4433-933d-d6746c924ad4
[3] Silvestre Méndez José, Problemas Económicos de México, Mc Graw Hill, s. f., p. 45.
[4] https://www.bing.com/search?q=pobreza+multidimensional+coneval&form=ANNTH1&refig=68a175985efe49198a363fccfdf01746&pc=EDGEDB&pq=pobreza+multidimensional+&pqlth=25&assgl=32&sgcn=pobreza+mu
[5] https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Documents/2023/Comunicado_07_Medicion_Pobreza_2022.pdf
[6] Atienza, Manuel, Sobre la dignidad humana, Trotta, s. f., p. 8.
[7] Sánchez Sandoval Augusto, Epistemología y sociología jurídica del poder, página 204
Hechos y Derechos, vol. 17, núm. 92, marzo-abril de 2026, es una publicación bimestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, por medio del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, Ciudad de México, Tel. (52) 55 56 22 74 74, https://blog-revistas.juridicas.unam.mx/hechos-y-derechos/. Editor responsable Imer Benjamín Flores Mendoza. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2014-052217121400-203, otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ISSN (versión electrónica): 2448-4725. Responsable de la última actualización de este número: Coordinación de Revistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Ricardo Hernández Montes de Oca, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C. P. 04510, Ciudad de México, fecha de la última modificación: marzo de 2026.
Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación. Se autoriza la reproducción total o parcial de los textos aquí publicados siempre y cuando se cite la fuente completa de forma correcta. No se permite utilizar los textos aquí publicados con fines comerciales.
Hechos y Derechos por Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional.