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De acuerdo con la información recabada por la BBC de Londres, Inglaterra, los menonitas constituyen un movimiento ultrarreligioso, surgido de la Reforma Protestante acaecida hace más de 500 años en Europa. Fue a principios del siglo XX que empezaron a llegar a América Latina, y han aprovechado la tierra, recursos naturales y a los gobiernos “dispuestos a respetar su deseo de no interferencia del Estado en sus prácticas religiosas y culturales”.
Hasta ahí, en los temas de religión y cultura, no se observaría mayor problema respecto de su interacción social, a un grupo históricamente conocido por vivir en comunidades fuertemente cerradas hacia su interior. La cosa cambia, diametralmente, cuando se observa el daño sistemático, severo e irreparable que los menonitas han ocasionado a los ecosistemas de las regiones que han ocupado alrededor del mundo, en especial en América Latina.
En el resumen del artículo “Menonitas y deforestación en América del Sur”, publicado por Marc Dourojeanni en la revista de la Universidad Nacional Agraria de La Molina de Perú, se dice lo siguiente:
"[...] se estima que ya han deforestado más de cuatro millones de hectáreas de los biomas Chaco y Chiquitanía, principalmente para ganadería y soya. A partir del presente siglo comenzaron a invadir la Amazonia de Bolivia y más recientemente las de Perú y Colombia, habiendo ya deforestado posiblemente unas 20 mil hectáreas. Por sus antecedentes en México y América Central, así como en Paraguay y Bolivia, también preocupa el hecho de que sus tácticas para ocupar la tierra, tanto como muchas de sus prácticas, serían en gran medida ilegales y perjudiciales tanto al ambiente como a las poblaciones locales, especialmente indígenas. Evidencias recientes de Perú y Colombia confirman esas sospechas".
Como se refiere en tal artículo peruano, México también ha padecido, desde hace muchos años, el grave daño medioambiental por parte de dicho grupo religioso de origen extranjero. Y no sería para menos, pues hace poco más de cien años —llegaron a Chihuahua en 1922— que habitan el país.
No se niegan las diversas contribuciones que han aportado o pudieron haber hecho tales comunidades, pues se aclara que el objeto de esta colaboración es llamar la atención, especialmente en estado de Yucatán, de la repetición sus conductas altamente depredadoras de la riqueza ecológica. Para justificar lo anterior, se cita el artículo “Prácticas que amenazan la selva”, de Mariana Pacheco Ortiz, publicado por el Diario de Yucatán el 9 de julio de 2025, donde se menciona que los menonitas quemaron 350 hectáreas de selva maya en Tekax para cambiar el uso del suelo, además de que realizaron tala ilegal en otros estados de la península yucateca, de acuerdo con lo dicho días atrás por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). Y es que, en el caso del suelo yucateco, no fue un evento aislado, pues se recordó que, en 2019, en Mesatunich, Tekax, la deforestación provocó el éxodo jaguares que eran monitoreados por la Junta Intermunicipal Biocultural del Puuc (JibioPuuc).
Como se retrata en el ejemplo local, es sistemática la práctica de las colonias de menonitas que implica la depredación de la naturaleza y sus recursos. Esto suele ser parte neurálgica de lo que, a la postre, ocasiona fuertes tensiones con los habitantes y el gobierno de dichas zonas, pero no es hasta que dicho grupo siente que la tensión social es insoportable que decide dejar la colonia establecida. Esta explicación la proporcionaron Elizabeth Bautista y Óscar Sánchez, en su artículo “Diáspora transnacional de comunidades entre menonitas de México y Brasil”.
Un ejemplo de dicha tensión ocasionada por la justicia popular por “propia mano” se sitúa en la comunidad nativa Caimito (Perú), en julio del año 2024. De acuerdo con la publicación denominada “Expulsan menonitas de áreas deforestadas” de Iván Brehaut, periodista enfocado en la Amazonía, pueblos indígenas y delitos ambientales, se menciona que “ante la renuencia de la Dirección Regional de Agricultura para darle fin a las disputas entre la colonia cristiana menonita de Masisea y la comunidad nativa Caimito, los indígenas decidieron hacer justicia por su propia mano”. La nota abunda al señalar que los pobladores Shipibo Conibo de tal comunidad nativa expulsaron a los menonitas, los cuales ocuparon y deforestaron, ilegalmente, los bosques del distrito desde hace 7 años, es decir, desde 2017.
Brehaut agregó que los pobladores indígenas originarios, cansados de años de gestiones infructuosas, decidieron expulsar a los menonitas, los cuales tenían, desde diciembre del 2023, una orden judicial que les ordenaba dejar de deforestar los bosques de Masisea. Sin embargo, la colonia continuó con la deforestación en claro desacato a la justicia peruana.
El autor concluye al señalar que los delitos cometidos por los menonitas en el Perú incluyen deforestación y el cambio de uso de la tierra sin contar con los permisos pertinentes:
"Además, están siendo investigados por usurpación y se les vincula al tráfico de tierras. Los menonitas de la antigua colonia, como también se les conoce, son una rama sumamente ortodoxa de los grupos menonitas mundiales y son acusados de delitos ambientales en casi todos los países donde se han establecido. Estos delitos son deforestación, usurpación de tierras, destrucción de cuerpos de agua, contaminación de aguas, entre otros".
Con tales antecedentes, y ante la falta de pruebas que lo corroboren o desmientan, se presume que las colonias de menonitas asentadas en la península de Yucatán estarían repitiendo sus patrones nocivos en perjuicio de las personas y su entorno medioambiental previamente asentados en el lugar. Actos y omisiones que son constitutivos de delitos —principalmente federales—, además de infracciones administrativas. En el último supuesto, y a menos que tuvieran la nacionalidad mexicana adquirida, podrían ser sujetos de deportación o expulsión del país e, independientemente de su estatus migratorio, sus bienes pueden ser tomados, previa su extinción de su dominio, para indemnizar los daños causados tanto al estado como a los particulares.
Si bien es indudable que, en el país —incluido Yucatán— existe una arraigada como deplorable costumbre que la gente local, como en su caso de otros estados, se haga de tierras y aguas, incluso de forma aparentemente legal, y destruya su invaluable riqueza medioambiental en aras del lucro comercial, el factor extra de que tal ecocidio sea cometido por gente “foránea” —originaria de otros países— puede exacerbar los ánimos de la población en donde se ubique el territorio devastado, el cual, en no pocas ocasiones, suele ser predominantemente indígena y, por ello, de recursos económicos inferiores respecto de tal comunidad extranjera.
El ejemplo de la Amazonía peruana parece que no llevó la sangre al río, pero no hay que esperar a que el hartazgo social evolucione, alentado por la xenofobia, como en su caso por un resentimiento social o económico distinto, hacia un linchamiento en defensa de lo que se considera como propio y/o del bien común. Ese odio o rechazo a la gente extranjera o inmigrante ha estado en el foco de atención nacional a raíz de las recientes protestas acaecidas en Ciudad de México a causa de la gentrificación. Aún se está a tiempo de actuar conforme a derecho para impartir justicia pronta y expedita, y así, impedir que se siga manteniendo impune el daño hacia el medioambiente, el cual es, por definición, irreparable. Esto, a la par, traería la paz social que tanto hace falta en estos tiempos.
Hechos y Derechos, vol. 17, núm. 92, marzo-abril de 2026, es una publicación bimestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, por medio del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, Ciudad de México, Tel. (52) 55 56 22 74 74, https://blog-revistas.juridicas.unam.mx/hechos-y-derechos/. Editor responsable Imer Benjamín Flores Mendoza. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2014-052217121400-203, otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ISSN (versión electrónica): 2448-4725. Responsable de la última actualización de este número: Coordinación de Revistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Ricardo Hernández Montes de Oca, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C. P. 04510, Ciudad de México, fecha de la última modificación: marzo de 2026.
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