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La medición multidimensional de la pobreza inició en México en 2008 y sus resultados fueron publicados en 2010; se trata de “una perspectiva multifactorial que recobra la importancia del ingreso de las familias para satisfacer sus necesidades, los seis indicadores de carencia social (educación, salud, seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda, y alimentación) que permiten valorar un piso mínimo del ejercicio de los derechos y la cohesión social”.(1)
La forma en que se mide la pobreza ha sido modificada con los años, resaltando la modificación implementada a partir de 2015, durante el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto, basada solamente en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares del INEGI, desvinculándolo del Módulo de Condiciones Socioeconómicas (MCS), que contaba con una representatividad por entidad federativa y por ámbito rural y urbano y del origen de los ingresos. Esta nueva forma de medir la pobreza no permitía comparar históricamente los cambios en los ingresos ni estimar las mediciones de propuestas y permitió reducir estadísticamente la pobreza en nuestro país.(2)
En este sentido, cuando el INEGI dio a conocer los resultados de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2016, organizaciones no gubernamentales protestaron al encontrar que de un día para otro hubo una “reducción ficticia de la desigualdad”, y que la pobreza en nuestro país había desaparecido “por decreto estadístico,(3) esto debido a que se cambió la manera de medir la captación del ingreso de los hogares, partiendo del argumento de que “la gente tiende a no informar sus ingresos”.(4) Así, a partir de entonces, el INEGI presenta los resultados del “Modelo Estadístico 20216 para la continuidad del MCS-ENIGH”, como insumo para las mediciones de pobreza del CONEVAL y para que puedan hacerse comparaciones con encuestas anteriores, tomando información de la Encuesta de Ocupación y Empleo (ENOE).(5)
Durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador también se han realizado modificaciones a la metodología para la medición de la pobreza en México, específicamente los indicadores relativos a la seguridad social, partiendo de la posibilidad de que el encuestado “desconozca si dispone de una o más de sus prestaciones, ya sea porque no las ha requerido o porque no sabe si podría hacerlas efectivas”, por lo que “se considera que un trabajador cuenta con acceso a seguridad social cuando goza del derecho a recibir servicios médicos como prestación laboral”, y que cuenta con esta prestación si recibe “ingresos provenientes de programas sociales para personas adultas mayores.(6)
La seguridad social comprende una serie de prestaciones que no se limitan al mero acceso a un servicio de salud o a una dádiva, pero esta modificación permite que también estadísticamente se reduzcan hasta cierto punto los niveles de pobreza. También se modificaron las llamadas “líneas de pobreza por ingresos”, esenciales en la determinación de la pobreza extrema, pues se considera que la población en esta situación es “aquella que tiene al menos tres carencias y un ingreso inferior a la Línea de Pobreza Extrema por Ingresos (LEPI), equivalente al valor monetario de la canasta alimentaria por persona al mes”.(7) La modificación consistió en una modificación los componentes de las canastas básicas alimentaria y no alimentaria, atendiendo a los patrones de consumo.
La cuestión es que la metodología sí cambia los resultados. A pesar de que el pasado 10 de agosto el Consejo Nacional de Evaluación de Política de Desarrollo Social (CONEVAL) dio a conocer los resultados del reporte bianual sobre la pobreza en México de 2022, conforme al cual se redujo la pobreza de 41.9% a 36.3%(8) Fernando Cortés, Héctor Nájera y Servando Valdés, expertos del Programa Universitario de Estudios del Desarrollo (PUED) de la UNAM encontraron que la pobreza en realidad no se redujo, pues sólo el cambio fue tan solo del .1%, esto después de haber complementado la información de la ENIGH 2022 con la ENOE 2022.(9)
Esto es importante ya que una de las insignias de este sexenio son las dádivas gubernamentales a través de distintos programas sociales, principalmente los que consisten en una “pensión” o una “beca”. Lo cierto es que las dádivas sólo representan el 2.8% del total del ingreso, frente a 65.7% de ingreso por trabajo,(10) esto sin considerar que una gran parte de la población no está incluida en ningún programa social, sea por la edad o sea porque se encuentran en poblados a los que no llegan estos programas. La principal fuente de ingreso es el trabajo, pero éste no es necesariamente formal con todas las prestaciones de ley. Incluso, de acuerdo con los resultados de la ENOE 2022, 49.6 millones de personas perciben un salario que no es suficiente para adquirir la canasta alimentaria básica, esto es, viven en lo que se denomina como “pobreza laboral”.(11)
Cabe destacar que, en esta administración, las remesas han incrementado en cantidades récord. En 2022, México recibió 58.497 millones de dólares en remesas,(12) lo que representa cerca del 4% del PIB, equivalente a lo que se produce por minería, agricultura y pesca y superando lo que se produce por servicios financieros, educativos, de salud y profesionales.(13) Además, los recursos del crimen organizado han inundado la economía mexicana. En un artículo publicado recientemente por la Revista Science, se encontró que el narco es el quinto empleador en México, pues cuenta con 175,000 personas en sus filas;(14) esto es más que los trabajadores que emplean empresas como OXXO y PEMEX, y sólo superado por FEMSA (Coca Cola), Walmart, Manpower y América Móvil.(15)
Las principales justificaciones que se dieron para proponer y aprobar la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial Federal fueron la austeridad y la desigualdad económica. El artículo quinto transitorio del decreto correspondiente dispone que los más de 15 mil millones de pesos de estos fideicomisos “deberán ser concentrados por concepto de aprovechamientos en la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo”.(16)
Haciendo a un lado el evidente desaseo del procedimiento legislativo, del asalto a la independencia del Poder Judicial Federal y de la confiscación de recursos de particulares, la desaparición de estos fideicomisos es cuestionable aún en términos de su supuesto empleo para los programas sociales del actual gobierno (y ahora se dice que para la reconstrucción de Acapulco después del paso del huracán OTIS).
Una de las razones por las cuales comenzó a medirse la pobreza fue precisamente para evaluar el impacto de las políticas públicas en materia de pobreza: continuar con las que demostraran ser efectivas y modificar o quitar aquellas no lo son, no sólo por tratarse de recursos públicos sino porque la finalidad última de estas políticas públicas es hacer efectivo el goce de los derechos humanos.(17)
En esta administración se habla convenientemente de crecimiento económico, término que se refiere a la obtención de ingresos sin incluir la distribución equitativa ni la calidad de vida de las personas como sí lo hace el concepto de desarrollo económico. Las dádivas efectivamente representan un ingreso, pero su efecto en el combate a la pobreza es reducido pues sólo han contribuido a reducir la pobreza en tan solo 0.1%, además el principal ingreso sigue siendo el obtenido por trabajo; desafortunadamente, como no hay políticas públicas para fomentar y garantizar la creación de trabajos formales en los que se obtenga un salario remunerador, tenemos un problema de pobreza laboral.
Esto es, los programas sociales para los cuales se planea destinar el dinero de los fideicomisos no van a reducir la pobreza en México porque para ello no bastan las dádivas. Por el contrario, la desaparición de estos fideicomisos contribuye a profundizar el problema de acceso a la justicia y la corrupción. Desde los años ochenta, existe en la región una preocupación por garantizar que los jueces cuenten con recursos adecuados para desempeñar debidamente sus funciones en un contexto de violencia y corrupción íntimamente relacionada con el crimen organizado que desde entonces azota a nuestros países.
Por resolución A/RES/40/32 del 29 de noviembre de 1985, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura, que en su numeral 11 dispone que “La ley garantizará la permanencia en el cargo de los jueces por los períodos establecidos, su independencia y su seguridad, así como una remuneración, pensiones y condiciones de servicio y de jubilación adecuadas”. A partir de entonces, se han emitido diversos instrumentos internacionales referentes a la independencia judicial,(18) en los cuales se garantiza una remuneración, pensión y condiciones de jubilación adecuadas. En nuestra Constitución, se reconoce como un derecho por el artículo 116, fracción III. El objetivo es proteger a los jueces de presiones e injerencias externas que interfieran con el desempeño imparcial de su función.
“Combatir” la pobreza mediante la extinción de fideicomisos es como aquella gota de agua del cuento de Juan Rulfo, Nos han dado la tierra, “caída por equivocación”, que “se la come la tierra y la desaparece en su sed”.
Notas al final:
(1) Coneval, Memorias del CONEVAL 2006-2016.10 aniversario CONEVAL, México, 2016, pp. 70 y 71. https://www.coneval.org.mx/InformesPublicaciones/Documents/Memorias/Memorias-Coneval-2006-2016.pdf
(2) Li Ng, Juan José y Serrano, Carlos, “Ingreso en México y evolución de la pobreza: Apuntes sobre la nueva ENIGH 2016”, BBVA REsearch, 4 de septiembre de 2016. https://www.bbvaresearch.com/wp-content/uploads/2017/09/1709_Observatorio_ENIGH_2016.pdf
(3) Juan Paullier, “La polémica por los millones de pobres que ‘deaparecieron’ en México con la nueva forma de medir el ingreso”, BBC Mundo, Ciudad de México, 26 de julio de 2026. https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-36872294
(4) https://www.reporteindigo.com/reporte/meade-insiste-en-combate/
(5) Li Ng, Juan José y Serrano, Carlos, op. cit.
(6) Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, Nota técnica sobre la medición multidimensional de la pobreza, 2018-2020, Coneval, p. 12. https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Documents/MMP_2018_2020/Notas_pobreza_2020/Nota_tecnica_medicion_multidimensional_de_la_pobreza_2018_2020.pdf
(7) Ibidem, p. 13.
(8) Dirección de Información y Comunicación del CONEVAL, Medición de Pobreza 2022. Comunicado de Prensa, p. 4. https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Documents/2023/Comunicado_07_Medicion_Pobreza_2022.pdf
(9) Saavedra, Diana, “Foro de discusión del PUED. Revisan pobreza y desigualdad de las últimas tres décadas”, Gaceta UNAM, 17 de agosto de 2023. https://www.gaceta.unam.mx/revisan-pobreza-y-desigualdad-de-las-ultimas-tres-decadas/#:~:text=Fernando%20Alberto%20Cort%C3%A9s%20C%C3%A1ceres%2C%20investigador,no%20obstante%2C%20si%20la%20informaci%C3%B3n; Micrositio PUED - Pobreza y desigualdad en el ingreso en México https://zlo5rw-jos0rafael-pineda0albarr0n.shinyapps.io/PUED_APP/; Cortés, Fernando, Nájera, Héctor y Valdés, Servando, “La caída de la pobreza multidimensional en 2022”, Nexos, 5 de septiembre de 2023. https://redaccion.nexos.com.mx/la-caida-de-la-pobreza-multidimensional-en-2022/
(10) INEGI, Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2022, INEGI, pp. 9 y 10. https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enigh/nc/2022/doc/enigh2022_ns_presentacion_resultados.pdf
(12) El Colegio de la Frontera Norte, “Récord de remesas de Estados Unidos a México”, 9 de febrero de 2023. https://www.colef.mx/noticia/record-de-remesas-de-estados-unidos-a-mexico/
(13) https://cuentame.inegi.org.mx/economia/pib.aspx?tema=e
(14) Prieto-Cueriel, Rafael, Campedelli, Gian María y Hope, Alejandro, “Reducing cartel recruitment is the only way to lower violence in Mexico”, Science, 21 sept., vol. 381, Issue 6664, pp. 1312-1316. https://www.science.org/doi/full/10.1126/science.adh2888
(15) Vaquero Simancas. Jorge, “El narco es el quinto empleador en México”, El País, 22 de septiembre de 2023. https://elpais.com/mexico/2023-09-22/el-narco-es-el-quinto-empleador-de-mexico.html
(16) Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. D.O.F. 27 de octubre de 2023. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5706905&fecha=27/10/2023#gsc.tab=0
(17) Sobre el tema: Boltvinik, Julio y Damián, Araceli, “Derechos humanos y medición oficial de la pobreza en México”, Papeles de Población, vol. 9, núm. 35, enero-marzo de 2003.
(18) Romero, María Luisa, Arrocha, María Judith y Coria, Vanessa, Compendio de Estándares Internacionales para la Protección de la Independencia Judicial, Costa Rica, CEJIL, 2019.
Hechos y Derechos, vol. 17, núm. 92, marzo-abril de 2026, es una publicación bimestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, por medio del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, Ciudad de México, Tel. (52) 55 56 22 74 74, https://blog-revistas.juridicas.unam.mx/hechos-y-derechos/. Editor responsable Imer Benjamín Flores Mendoza. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2014-052217121400-203, otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ISSN (versión electrónica): 2448-4725. Responsable de la última actualización de este número: Coordinación de Revistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Ricardo Hernández Montes de Oca, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C. P. 04510, Ciudad de México, fecha de la última modificación: marzo de 2026.
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