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Prefacio: “A mi presentación debo agregar que soy un Hereje profesional y por tanto vengo a pronunciar un conjunto de herejías contra la tradición judicial mexicana forjada en el siglo XX y perfeccionada por el neoliberalismo en lo que va del XXI, es necesaria la instauración de un nuevo paradigma”.
1) La reforma judicial impulsada por la cuarta transformación funda un cambio de paradigma en la integración de los órganos del Poder Judicial.
2) El paradigma actualmente dominante se sustenta en dos principios: mérito y eficacia.
3) Lo que busca es obtener la mayor eficiencia (merito más eficacia) sin importar en grado alguno la representatividad democrática que tiene connotaciones políticas.
4) Como afirma Wendy Brown, el objetivo neoliberal es apartar a la Política de las instituciones a fin de beneficiar la utilidad económica. Por ello se repite el argumento falso de que el Poder Judicial es inmune a la Política.
5) El mérito de la reforma constitucional judicial de AMLO camina en sentido contrario, sin renunciar a la eficiencia, que deben tener las instituciones, pone por delante a la génesis de todo poder público, entendido el Poder Judicial como un poder público, a la ciudadanía, al pueblo, fundando el argumento en los artículos 39, 40 y 41 constitucionales.
6) Que la ciudadanía elija, mediante voto universal y directo, a jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante un sistema de listas calificadas en razón de los atributos profesionales de los candidatos, implica dotar de la debida representatividad política al Poder Judicial, como hoy la tienen los poderes legislativo y judicial.
7) Cuatro herejías finales:
a) La ley no es neutral, la ley es producto de las relaciones de poder.
b) La imparcialidad judicial es antisocial y antihumana porque ignora las desigualdades materiales de las personas.
c) Los jueces deben servir al interés general y público antes que al privado.
d) La impartición de justicia debe ser gratuita para los pobres, los ricos deben pagar las costas judiciales al Estado. Los contribuyentes no tenemos por qué subsidiar los litigios de los poderosos.
8) Lo que le falta a la reforma: Instituir en México el Jurado Popular.
Hechos y Derechos, vol. 17, núm. 92, marzo-abril de 2026, es una publicación bimestral editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, por medio del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, Ciudad de México, Tel. (52) 55 56 22 74 74, https://blog-revistas.juridicas.unam.mx/hechos-y-derechos/. Editor responsable Imer Benjamín Flores Mendoza. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2014-052217121400-203, otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ISSN (versión electrónica): 2448-4725. Responsable de la última actualización de este número: Coordinación de Revistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Ricardo Hernández Montes de Oca, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, C. P. 04510, Ciudad de México, fecha de la última modificación: marzo de 2026.
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